ACUERDO EMITIDO POR EL CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO VALERA ESTADO
TRUJILLO SEGÚN EL ARTÍCULO 54 NUMERAL 2 DE LA LEY ORGANICA DEL PODER PÚBLICO
MUNICIPAL.
ENTREGA DE REQUISITOS |
Quienes suscriben Concejales; Br.
Jesús Gutiérrez, Presidente del Concejo Municipal, Lcdo. Geovanny Ojeda,
Vicepresidente, Msc. Jairo Bastidas, T.S.U. Jaime Montilla, T.S.U. Yelitza
Briceño, Lcda. Diovani González, venezolanos, mayores de edad, civilmente
habiles, portadores de las cédulas de identidad N° V.- 9.168.804, V.-
10.313.019, V.- 12.043.071, V.- 11.897.013, V.- 13.896.336, V.- 9.017.450,
respectivamente; Concejales del Municipio y electos por voto popular para
ejercer funciones públicas en el Municipio Valera del Estado Trujillo; cualidad
que se acredita en acta N° 60 de fecha 15 de Diciembre de 2013 y publicada en
la Gaceta Municipal Extraordinaria N° 99 de fecha 16 de Diciembre de 2013,
suscrita unánimemente por todos los Concejales presentes.
CONSIDERANDO
Que en Sesión ordinaria del
día martes 13 de Junio de 2017, se aprobó la realización del Concurso Público y establecer una estructura organizativa a la
cual debe adecuarse y ajustarse esta Institución; en consecuencia debe proveer
los cargos de su nueva estructura organizativa apegada a la normativa vigente
que regula la materia.
CONSIDERANDO
ABOGADOS CANDELARIO BRICEÑO Y MARIBEL ABREU |
Que la Constitucion Nacional de la República Bolivariana de Venezuela en
el único aparte del artículo 146, establece que el ingreso de los funcionarios
públicos y a las funcionarias públicas
a los cargos de carrera será por concurso público, fundamentado en principios
de honestidad, idoneidad y eficiencia.
CONSIDERANDO
Que en fecha 09 de Junio de 2002 fue sancionada la Ley del Estatuto de
la Funcion Pública, la cual entro en vigencia el 06 de septiembre de 2002
mediante publicación en Gaceta Oficial N° 37.522.
CONSIDERANDO
Que la referida Ley del Estatuto de la Funcion Pública, en su artículo 1
regula el ámbito de aplicación en la relación de empleo entre los funcionarios
públicos y las administraciones públicas Nacionales, Estadales y Municipales.
CONSIDERANDO
Que la Ley del Estatuto de la Funcion Pública en sus artículos 40 al 45
establece la selección, ingreso y ascenso a los cargos de carrera en la
Administracion Pública, con base en las aptitudes, actitudes y competencias,
mediante la realización de concursos públicos que permitan la participación de
quienes posean los requisitos exigidos para desempeñar los cargos, sin
discriminaciones de ninguna índole.
CONSIDERANDO
Que el Concejo Municipal del Municipio Valera, Estado Trujillo debe
apegar su actuación a la normativa legal vigente referente a la regulación del
ingreso de los funcionarios (as) que aspiren ingresar a la administracion
Pública Municipal y más aún; regular la situación de aquellos (as) que
ingresaron a la misma después de la Promulgación de la
Constitucion de la República Bolivariana de Venezuela y de la Ley del Estatuto
de la Funcion Pública.
ACUERDA
DICTAR LAS NORMAS QUE
REGIRAN EL CONCURSO PÚBLICO PARA LA PROVISION DE LOS SIGUIENTES CARGOS:
UN O UNA (01) ARCHIVISTA I
UN O UNA (01) ANALISTA CONTABLE II
UN O UNA (01) ABOGADO I
UN O UNA (01) COMPRADOR I
UNA (01) SECRETARIA I
TRES (03) ASISTENTES
ADMINISTRATIVOS I
DOS (02) ASISTENTES
ADMINISTRATIVOS II
CONSIGNACIÓN DE RECAUDOS PARA CONCURSOS |
Articulo Nro. 1: En el concurso Público
podrán participar los Ciudadanos y Profesionales, cuyo perfil se ajuste al
cargo respectivo, que sean venezolanos, mayores de edad, domiciliados en el
Estado Trujillo, con pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos, en
caso de los Abogados deben estar inscritos en el Instituto de Previsión Social
del Abogado.
Articulo Nro. 02: La convocatoria al
Concurso Público se hará mediante un (01)
aviso de prensa publicado en un diario local en el cual se señalara.
a.)
El plazo de inscripción dentro del cual los aspirantes deberán
manifestar por escrito su participación y formular la respectiva inscripción
por ante la Oficina de la Secretaría del Concejo Municipal.
b.)
Las Condiciones de admisión exigidas para concursar.
c.) El lugar donde se deben
formalizar las inscripciones para el concurso.
Articulo Nro. 03: Los profesionales y
ciudadanos que aspiren participar en el Concurso, deberán realizar su
inscripción por ante la Oficina de Secretaría del Concejo Municipal del Estado
Trujillo, mediante el formulario preparado al efecto.
Articulo Nro. 04: A los fines de la
evaluación de sus respectivas credenciales, los aspirantes deberán consignar en
la Oficina de la Secretaría del Concejo Municipal de Valera del Estado
Trujillo, junto con la inscripción, indispensablemente y sin excepción los
siguientes documentos.
1.) Un (01) ejemplar de su Curriculum Vitae firmado con copias de sus
respectivos soportes (presentando a los efectos de certificacion y verificación
los originales correspondientes).
2.) Una (01) copia fotostática ampliada y legible de la Cédula de Identidad,
la cual será confrontada con su original al momento de la formalización de la
inscripción.
3:)Titulo (s)
Universitarios (s) obtenidos (s) en original acompañado del fondo negro del
(los) mismos, debidamente certificados (para el cargo de Abogado I, se debe de
consignar título de abogado en fondo negro, debidamente certificado.
4.) Constancia
original de estudios a nivel superior en caso de estar presentando tesis o de
haber terminado la escolaridad en los casos que se amerite.
RECIBIENDO CURRICULUM |
5.) Original
acompañado de las copias fotostáticas simples de los cursos, talleres,
seminarios y/o programas de formación profesional en que hubieren participado.
6:)0riginal
acompañado de la copia fotostática simple de Constancias de trabajos
realizados, indicando expresamente el cargo ejercido y el periodo de duración
de los servicios prestados.
7.) Si el aspirante
ha prestado servicios en la Administracion Pública Nacional, Estadal o
Municipal, deberá presentar original de los antecedentes de servicios y/o
constancias de trabajos expedidos por la Direcccion de Recursos Humanos u
oficina respectiva del Ente, acompañado de una (01) copia fotostática de la
misma.
8.) Original y
copia fotostática del carnet de Inscripción del Instituto de Prevención Social
del Abogado, presentando sus originales a los efectos de Conformacion y
certificacion.
Articulo Nro. 05: Al día siguiente al
vencimiento del Plazo de Inscripción, la Comisión Evaluadora de Credenciales
Integrada por el Presidente del Concejo Municipal, La Abogado del Concejo Municipal y un Concejal o Concejala designado para tal
fin, examinaran las solicitudes presentadas y los recaudos acompañados,
excluyendo a aquellos aspirantes inscritos que no hayan consignado la totalidad
de los recaudos señalados en el artículo anterior. Vencido este lapso se
declararan admitidos aquellos
aspirantes que llenen los requisitos indicados precedentemente. El
Concejo Municipal de Valera Publicara en Cartelera Informativa de la
Institución el listado de los aspirantes admitidos a participar en las
siguientes evaluaciones.
La evaluación escrita, tendrá lugar : El día hábil siguiente al
vencimiento de la publicación en la cartelera de los aspirantes admitidos, se
procederá a realizar a las 10: 00 a.m. en la oficina o Salón que se designe
para tal fin la evaluación escrita la cual tendrá una duración de una hora y
media ( 1 ½).
PARTICIPANTES AL CONCURSO |
La Evaluación oral tendrá lugar a los dos (02) días habiles siguientes a
la publicación en cartelera de los aspirantes admitidos a las 10: 00 a.m. en la oficina o Salón que
se designe para tal fin la evaluación oral la cual tendrá una duración de
Treinta (30) Minutos por aspirante.
Todas estas evaluaciones se realizaran en la Sede del Concejo Municipal
de Valera Estado Trujillo, ubicado en la Avenida 11 entre calles 7 y 8,
Edificio Palacio Municipal.
En la Evaluación oral para los Abogados se evaluará el dominio de los
conocimientos técnicos y los del área correspondiente, técnicas de expresión
oral, desenvolvimiento personal, asi como
cualquier otra circunstancia que
a juicio del Jurado Evaluador
Municipal.
Articulo 06: A los efectos de la
elaboración del Informe a que se refiere el Articulo 7 del presente acuerdo, el
Jurado evaluador, deberán sujetarse
a las siguientes Normas de Evaluación para la calificación de las Credenciales
y Evaluación para la calificación de las Credenciales y Evaluación Escita y
Oral de los aspirantes al cargo de cuya provisión se trate.
Las Credenciales a Evaluar
son:
a.)
Méritos en el Concejo Municipal de Valera y en la Administracion Pública.
b.)
Méritos Profesionales
c.)
Méritos Personales
a.) Se deberán apreciar como Méritos en el Concejo Municipal de Valera y en
la Administracion Pública con la Puntuación que se indica los siguientes:
a.1.) Haberse desempeñado como Trabajador, Profesional, Abogado, según
sea el caso, en el Concejo Municipal de Valera, con honestidad y eficiencia: 5 puntos.
CONCURSO |
a.2) Haber desempeñado cargo de acuerdo al Perfil Profesional en la
Administracion Pública: 2 puntos.
b.)
Méritos Profesionales:
b.1.) Haber realizado, cursos y talleres de Formación: 0.50. a 1 punto
b.2) Haber desempeñado cargos gerenciales, específicamente para los
aspirantes a los cargos de Abogado I, Analista Contable II . 2 puntos.
c.)
Seran apreciados como
Méritos Personales:
La Evaluación
Escrita tendrá una
puntuación de 0.00 a 5 puntos, para
los Aspirantes a los Cargos de Abogado I, Analista Contable II. Para el Resto de los aspirantes será de
0.00 a 7 puntos.
La Evaluación Oral tendrá una puntuación de 0.00 a 5 puntos, para los Aspirantes a los Cargos de Abogado I, Analista
Contable II .La calificación global de cada participante se obtendrá sumando
las calificaciones obtenidas en cada uno de los méritos evaluados, asi como las
obtenidas en las Evaluaciones Escita y Oral.
Artículo 07: El Jurado Evaluador
estará integrado en número impar, serán personas con conocimientos en el área y
de reconocida idoneidad moral, que no
presenten vínculos de consanguinidad ni
afinidad, hasta el tercer grado, con los miembros de la Comisión de
evaluaciones de credenciales.
Artículo 08: Una vez concluido el
lapso para las Evaluaciones, el Jurado Evaluador, elaborara un Informe de los
resultados obtenidos, el cual someterá a conocimiento de los (las) Concejales o
Concejalas del Municipio Valera en un lapso de Tres (03) hábiles para la
Administracion Pública Municipal.
Artículo 09: El Jurado Evaluador, solo
tomara en cuenta como Credencial de los aspirantes, las presentadas por estos AL MOMENTO DE LA INSCRIPCION y por
ninguna razón después de vencido el lapso de inscripción donde se deben
consignar las mismas, se admitirán ninguna otra.
JURADO |
El Jurado Evaluador realizará un Informe suscrito por todos sus
miembros, a los efectos de ser elevado a la Consideración del Concejo Municipal
integrado por los Concejales que representen la mayoría absoluta, en el cual se
indicara el nombre y apellido de los participantes y la puntuación final
obtenida.
Artículo Nro. 10: Visto el Informe presentado
por el Jurado, los Concejales del
Municipio Valera en su mayoría absoluta, procederá a nombrar a los Ciudadanos
Seleccionados, para un periodo de prueba que
no excederá de Quince ( 15)
días, Vencido este periodo de prueba, se procederá al Ingreso como Funcionario
Público de Carrera para la cual
concurso, de lo contrario será revocado.
PARTICIPANTES Y JURADO |
Dado, Sellado y firmado en el Salón de Sesiones del Concejo Municipal
del Municipio Valera, Estado Trujillo a los Veintiún (21) días del mes de
Agosto del año 2017. Publíquese y Cúmplase.
( FDO)Concejal. Br. Jesús Gutiérrez
( FDO) Concejal.Ldo Geovanny Ojeda
Presidente del Concejo Municipal Vicepresidente
( FDO)Concejal. Msc. Jairo Bastidas
( FDO) Concejal. T.S.U. Jaime Montilla
( FDO)Concejala. Lcda, Diovani González ( FDO) Concejala. T.S.U. Yelitza Briceño
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