Credito: YVKE Mundial
"El Poder Judicial es el
custodio de la Constitución, del Estado constitucional de derecho y, en
consecuencia, de las libertades fundamentales y de los derechos humanos",
subrayó este jueves el reconocido jurista y corredactor de la Carta Magna,
Hermann Escarrá.
En entrevista concedida a
Telesur, mencionó que bajo esa premisa los países, incluso los
presidencialista, están subordinados al Poder Judicial, por lo que el jefe de
Estado debe acatar las órdenes que de allí se emana.
Mencionó que en el caso de las
atribuciones de la Sala Constitución del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
—que es el órgano rector del Poder Judicial en Venezuela— la Constitución
Bolivariana es muy clara.
Escarrá recordó que en el
artículo 336 del texto fundamental se consagra la omisión legislativa, y en el
que caso de que se produzca por acciones inconstitucionales del Parlamento, que
actualmente se encuentra en desacato y, por ende, sus actos son nulos,
"entonces necesariamente debe suplirse a través del Poder Judicial".
De allí, dijo, la validez de la
sentencia publicada por la Sala Constitucional del Máximo Tribunal de la Nación
el miércoles 29 de marzo, en la que se indica que "mientras persista la
situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de la Asamblea
Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias
parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que
ella disponga, para velar por el Estado de Derecho".
El abogado rememoró que no es la
primera vez que se hace cumplimiento a dicho artículo. "Cuando aquí (en el
país) se utiliza la omisión legislativa por primera vez, hace varios años, fue
porque la Asamblea Nacional no se ponía de acuerdo para designar al Consejo
Nacional Electoral, y ¿al final quién lo designó?. La Sala Constitucional del
TSJ tuvo que asumir esa función para que no se creará una inestabilidad
institucional o no se creará una situación de vacío en la aplicación de la
norma referida, en este caso, en lo que respecta la función que tenía el
Parlamento para designar a los rectores del CNE".
"De tal manera que no es un
hecho nuevo", subrayó el abogado al tiempo en que reiteró que mientras la
AN "esté en desacato a la Constitución, todos sus actos son nulos, están
viciado de nulidad absoluta".
La derecha en el Parlamento ha
desconocido en reiteradas ocasiones las sentencias del TSJ que orden suspender
la incorporación en plenaria de tres candidatos por el estado Amazonas, cuya
proclamación fue suspendida hasta tanto culminaran investigaciones por fraude
que pesan sobre su elección el 6 de diciembre de 2015.
En 2016, el Parlamento, con el
diputado Henry Ramos Allup como presidente, hizo caso omiso y juramentó a los
tres candidatos. Con esta acción la junta directiva del Parlamento abrió las
puertas para su propia nulidad como en efecto lo determinó el Poder Judicial
meses más tarde.
"Son sentencias de Estado,
sentencias constitucionales y quien las emite es el órgano legítimamente
competente. En la nueva Constitución de Venezuela al organizar la jurisdicción
constitucional creó la Sala Constitucional con la idea de que fuera el que
ejerciera la admisión, la tutela, el cuidado de la Constitución, y se
convirtiera en un custodio de la constitucionalidad", reiteró el jurista
venezolano.
El diálogo es el camino
Escarrá reiteró en la entrevista
que no existe otro camino para la paz que el diálogo. "Hoy es necesario el
diálogo, es necesario hablar, es necesario ser un poco más civilizado y
entender que el pueblo de Venezuela, la nación venezolana, la Patria
venezolana, está por encima de cualquier bandería grupal", recalcó.
También indicó que debe privar la
humildad en favor de la estabilidad de la Nación. "Hay que apartar la
soberbia. Ir con humildad al diálogo, entender que el diálogo debe ser en el
marco de la Constitución y que no es para beneficiar un grupo, sector, partido,
a la oposición, al Gobierno, a una individualidad, sino al pueblo de Venezuela,
la Patria venezolana", dijo.
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