REPÚBLICA BOLIVARIANA
DE VENEZUELA
ESTADO TRUJILLO
MUNICIPIO VALERA
PODER PÚBLICO
MUNICIPAL
CONCEJO MUNICIPAL DE
VALERA
ACUERDO PARA EL
NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN ESPECIAL EVALUADORA O JURADO CALIFICADOR
DEL CARGO DEL CRONISTA DEL MUNICIPIO VALERA.
El
Concejo del Municipio Valera del Estado Trujillo, en ejercicio de la
función legislativa que dispone el artículo 175 de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 54,
numeral 2, 92, 95 numeral 12 y 123 de la Ley Orgánica del Poder
Público Municipal, y en concordancia con la Ordenanza Sobre el
Cronista Municipal y Cronistas Comunales del Municipio Valera,
publicada en la Gaceta Municipal Extraordinaria Numero 170 de fecha
10 de diciembre de 2019.
C O
N S I D E R A N D O
Que
el artículo 123 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal
dispone que: El Municipio podrá crear, mediante ordenanza, la figura
del cronista, quien tendrá como misión recopilar, documentar,
conservar y defender las tradiciones, costumbres y hábitos sociales
de su comunidad. De igual manera que el mismo deberá ser venezolano
o venezolana, mayor de edad, gozar de sus derechos civiles y
políticos ser profundo conocedor o conocedora y estudioso o
estudiosa del patrimonio histórico y cultural del Municipio.;
C O
N S I D E R A N D O
Que
el Concejo Municipal de Valera aprobó la Ordenanza Sobre el Cronista
Municipal y Cronistas Comunales del Municipio Valera, publicada en la
Gaceta Municipal Extraordinaria Numero 170 de fecha 10 de diciembre
de 2019, la cual tiene como objeto fijar las normas que regirán el
funcionamiento, atribuciones y obligaciones del Cronista Municipal y
los Cronistas Comunales del Municipio Valera del Estado Trujillo.
C O
N S I D E R A N D O
Que
el Articulo 4 de la Ordenanza Sobre el Cronista Municipal y Cronistas
Comunales del Municipio Valera dispone que para optar al cargo de
Cronista Municipal se requiere:
1.
Ser venezolano de nacimiento.
2.
Ser mayor de edad
3.
Estar residenciado por no menos de diez (10) años en el Municipio
Valera y mantener su residencia en el mismo.
4.
Ser autor de trabajos de investigación, crónicas o artículos
referidos a la historia del municipio; publicados en medios de
comunicación, ya sea en formato impreso o digital; libros sobre
historia del municipio; ponencias acreditadas por eventos en el campo
de la crónica y la historia.
5.
Tener experiencia como escritor e investigador.
6.
Reconocida idoneidad moral.
7.
Tener formación en el área de la crónica e historia regional y
local.
C O
N S I D E R A N D O
Que
el artículo 5 de la Ordenanza Sobre el Cronista Municipal y
Cronistas Comunales del Municipio Valera dispone que el Cronista
Municipal será designado por la Cámara Municipal, mediante la
realización de un concurso Público de credenciales.
De
igual manera el parágrafo primero del mismo artículo ,expresa que
para la designación del Cronista, la Cámara Municipal nombrará una
Comisión Especial Evaluadora o Jurado Calificador integrada por
cinco (05) miembros, distribuidos de la siguiente forma: Dos (02)
representantes del Concejo Municipal: Concejal presidente o
presidenta del Concejo Municipal de Valera y Concejal Presidente o
presidenta de la Comisión Permanente de Protección Social del
Pueblo, un representante de la Coordinación Municipal de Cultura de
la Alcaldía de Valera y Dos (02) miembros de la Asociación de
Cronistas del Estado Trujillo.
C O
N S I D E R A N D O
Que
el precitado artículo 5, en su parágrafo segundo de la Ordenanza
ejusdem otorga al concejal o concejala presidente o presidenta la
Comisión Permanente de Protección Social del Pueblo del Concejo
Municipal de Valera, presidir el Jurado para el Concurso de
Designación del Cronista Municipal.;
C O
N S I D E R A N D O
Que
el parágrafo tercero del artículo 5 de la ordenanza ejusdem le
otorga competencias a la Comisión Especial Evaluadora o Jurado
calificador encargado de la designación del Cronista Municipal,
elaborar un baremo único, cuyo contenido será de conocimiento
previo al concurso.;
C O
N S I D E R A N D O
Que
corresponde a la plenaria del Concejo Municipal de Valera, de
conformidad con el artículo 6 de la Ordenanza Sobre el Cronista
Municipal y Cronistas Comunales del Municipio Valera, convocar a
concurso mediante Acuerdo, el cual deberá publicarse en un (01)
diario de circulación regional y/o en la página Web del Concejo
Municipal de Valera, la misma deberá contener de manera explícita
los requisitos para optar al cargo así como lapsos de tiempo para
proceso para la inscripción de los aspirantes, periodo de Evaluación
de Credenciales por parte de la Comisión Especial Evaluadora o
Jurado Calificador, publicación de resultados y juramentación del
aspirante a cronista que obtenga la mayor puntuación.;
A C
U E R D A
PRIMERO.
Se designan como miembros de la Comisión Especial Evaluadora o
Jurado Calificador del cargo de cronista del municipio Valera a los
ciudadanos:
1.-
Robinson Núñez, Titular de la cédula de Identidad numero
V-9011185, postulado por la Asociación de Cronistas del estado
Trujillo.
2.-
José Javier Viloria Morales, titular de la cédula de Identidad
numero: V-4320272, postulado por la Asociación de Cronistas del
estado Trujillo.
3.-
Angélica del Carmen Desantiago Marín, Titular de la cédula de
Identidad numero V-10257667, postulada por la Coordinación Municipal
de Cultura de la Alcaldía del municipio Valera.
4.-
Concejal José Leonardo Anzola Mendoza, titular de la cédula de
identidad numero V-17831083, Presidente del Concejo Municipal de
Valera.
5.-
Concejal Jhony Alberto Montilla Mendoza, Titular de la cédula de
Identidad numero V-16882890, Presidente de la Comisión Permanente de
Protección social del Pueblo del Concejo Municipal de Valera.
SEGUNDO.
Se Convoca a concurso público, a partir de la publicación en Gaceta
Municipal del presente acuerdo, para optar al cargo de cronista del
municipio Valera.
TERCERO.
Se establece el presente cronograma del Concurso Publico del cargo de
Cronista Municipal de Valera:
15
de enero 2020: Publicación del presente Acuerdo, de Convocatoria del
concurso, en un (01) diario de circulación regional y/o en la página
Web del Concejo Municipal de Valera.
Del
16/01/2020 al 22/01/2020: Inscripción y entrega de credenciales de
los aspirantes a Cronistas Municipales, ante la Secretaria de la
Cámara Municipal,
Del
23/01/2020 al 29/01/2020: Proceso de Evaluación de credenciales de
los aspirantes por parte de la Comisión Especial Evaluadora o Jurado
Calificador.
30/01/2020:
Publicación de Resultados.
04/02/2020:
Juramentación del Cronista Municipal de Valera por parte del Concejo
Municipal, entrega de credenciales y toma de posesión del cargo.
CUARTO.
Se ordena dar publicidad al presente Acuerdo, mediante su publicación
en la Gaceta Municipal, en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 47 del Reglamento Interior y de Debates del Concejo
Municipal de Valera.
Dado,
firmado y sellado en el Salón donde celebra sus Sesiones el Concejo
Municipal de Valera del Estado Trujillo, en la ciudad de Valera, a
los catorce (14) días del mes de enero del año dos mil veinte
(2020). Años 210° de la Independencia, 161° de la Federación y
21° de la Revolución Bolivariana.
(Fdo.)
José Leonardo Anzola Mendoza
Concejal- Presidente (Fdo.) Siobe
Mariana Mejía Ramírez
Concejala- Vicepresidenta
(Fdo.)
Mercedes Vieras (Fdo.) Josué Jesús Montilla
González
Concejala
Concejal
(Fdo.)
Hermelinda del Rosario Lobo Salas
Concejala
(Fdo.) Candelario Manuel Briceño Morillo
Concejal
(Fdo.)
German Ignacio Lares Segovia
Concejal (Fdo.)
Ricardo González
Concejal
(Fdo.)
Jhony Alberto Montilla Mendoza (Fdo.) Jesús Salvador
Leal
Concejal Secretario
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