En primera discusión en la Cámara Municipal de Valera
En sesión extraordinaria el 11
del presente mes se aprobó en primera discusión Ordenanza de Presupuesto Anual
de Ingresos y Gastos Públicos Municipales para el Ejercicio Económico y Financiero
2015.
Fueron aprobados la estimación de los Ingresos Públicos
Municipales para el ejercicio económico financiero correspondiente al año dos
mil quince (2015), en la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL
CUATROCIENTOS VEINTISEIS BOLIVARES EXACTOS
(Bs. 445.340.426), por rubro de Ingresos de acuerdo con la distribución
incorporada en el Título II "Presupuesto de Ingresos” de esta Ordenanza.
La Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y
Gastos se regirá por los principios y disposiciones establecidas en ella,
debiendo dentro del presente periodo y subsiguientes ajustarse a lo establecido
en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a las Ordenanzas
respectivas, a las normas aplicables para su ejecución y desarrollo, de conformidad
con lo establecido en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del
Sector Público, y a los artículos 229, 230 y 233 de la Ley Orgánica del Poder
Público Municipal.
El Alcalde José Karkom dispondrá
de un lapso de diez (10) días hábiles después de sancionada la Ordenanza de
Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos por parte del Concejo Municipal, para decretar la Distribución General del
Presupuesto de Gastos, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley
Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, la cual consiste
en el detalle de los créditos presupuestarios acordados en las diferentes
categorías presupuestarias a nivel de Sectores, Programas, Sub-Programas,
Proyectos, Actividades, Partidas, Sub-partidas
Genéricas, Especificas y
Sub-especificas. Dicha
desagregación se utilizará para fines administrativos y de control interno de
la Alcaldía, Concejo Municipal y de la Contraloría Municipal en lo que
corresponde a su Distribución General de Gastos.
Los órganos del poder popular
velaran por el fiel cumplimiento de esta ordenanza con las Leyes Orgánicas del
Poder Popular y el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica para la
Gestión Comunitaria de Competencias, Servicios y otras Atribuciones.
El Concejo Municipal legislará
sobre la materia de transferencia de Gestión de Servicios al Poder Popular, en
un lapso no mayor a sesenta (60) días a partir de la publicación en gaceta de
esta Ordenanza.
Foto: Sesión Extraordinaria del
Concejo Municipal de Valera.
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